viernes, 11 de diciembre de 2009
CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL
BUENOS AIRES, ARGENTINA
TOMO II
COMENTADO Y CONCORDADO
CARLOS ENRIQUE CAMPS
ARGENTINA

El Libro contiene 855 páginas en formato PDF

GRACIAS AL AMIGO QUE NOS ENVIÓ ESTOS CODIGOS COMENTADOS:



CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL



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Tags: Libro de Consulta

Publicado por ELMAGOAZ @ 3:34 AM
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Comentarios
Publicado por Invitado
martes, 22 de diciembre de 2009 | 2:24 AM
¡hola muchachos! me parece excelente contar con este material on line, pero ¿no se están olvidando algún temita de derecho de autor?
carlos enrique camps
Publicado por Invitado
viernes, 14 de mayo de 2010 | 4:50 PM
Carlos estuviste muy bien!! Vayan a comprarlo amigos!
Mariela Errecalde.
Publicado por Invitado
viernes, 11 de junio de 2010 | 3:44 AM

Si bien hay intereses encontrados, mi pregunta es: ¿Se deben priorizar los intereses económicos o los culturales, de aprendizaje, formación y acceso a cualquier material de consulta? La venta de libros solo trae una cosa, dinero. Si el Dr. Camps tiene el oficio y la vocación de la enseñanza, no debería de preocuparse por estar su libro en internet, posibilitando de esta manera, la consulta del mismo a aquellos que no cuentan con la oportunidad y/o posibilidad económica de un costoso ejemplar. Sin ánimo de ofender a nadie, solo me expreso al respecto.

Publicado por Invitado
viernes, 11 de junio de 2010 | 3:48 AM

Si bien hay intereses encontrados, mi pregunta es: ¿Se deben priorizar los intereses económicos o los culturales, de aprendizaje, formación y acceso a cualquier material de consulta? La venta de libros solo trae una cosa, dinero. Si el Dr. Camps tiene el oficio y la vocación de la enseñanza, no debería de preocuparse por estar su libro en internet, posibilitando de esta manera, la consulta del mismo a aquellos que no cuentan con la oportunidad y/o posibilidad económica de un costoso ejemplar. Sin ánimo de ofender a nadie, solo me expreso al respecto.

Publicado por carlos enrique camps
sábado, 16 de octubre de 2010 | 2:49 AM

El oficio y la vocación docente no me impiden observar que hay violación a la ley de derechos intelectuales. Que sea tolerado por quienes pueden iniciar acciones legales no le quita el carácter ilícito. Por otro lado, para los que no tienen medios para comprar libros, las bibliotecas como la de la facultad de La Plata (a la que he donado muchos ejemplares) es un buen recurso. Así estudié durante toda mi carrera, cuando todavía no se "bajaban" libros de internet. Por otro lado, lejos estoy de preocuparme: si estuviera preocupado ya habría iniciado una demanda contra este sitio. Saludos!

Publicado por Invitado
martes, 31 de mayo de 2011 | 12:19 AM

Tambien estaría bueno que el propio autor se preocupara por los altisimos costos que tienen sus publicaciones y que en gran parte son el disparador para que mas de uno intente obtener el material por este medio, intentando preocuparse por la existencia de ediciones mas al alcance de un bolsillo normal y no tan decoradas que quedan muy lindas para la biblioteca de grandes estudios pero de muy poca importancia para aquellos que solo intentamos nutrirnos con sus contenidos. Muchas gracias

Publicado por Carlos Camps
martes, 07 de junio de 2011 | 2:24 AM

Se ve que "Invitado" no lee lo que escribí antes y sigue con su discurso. Está bien: hay libertad para escribir lo que uno quiera. Queda en los lectores evaluar la consistencia de los argumentos de cada uno. Saludos a todos.

Publicado por Invitado
domingo, 14 de agosto de 2011 | 2:25 AM

Creo que entre leer un libro en la bilblioteca, y hacerlo en la comodidad de la casa -sobre un texto propio-, hay una importante diferencia, de ahí la situación privilegiada de quienes pueden comprarlo. Agradecemos al Dr. Camps, su voluntad permisiva, frente a la solución desacertada que propone el texto de la ley.-

Publicado por Invitado
domingo, 11 de septiembre de 2011 | 10:10 PM

ADHIERO AL COMENTARIO QUE ANTECEDE. FALTANDO AGREGAR QUE, PARA QUIENES NO TENEMOS LA POSIBILIDAD DE ACCEDER A UN MATERIAL BIBLIOGRÁFICO ORIGINAL, PERO SI EN CAMBIO ESTA AL ALCANCE LA VERSIÓN DIGITAL, RESULTA APLICABLE CON TODA JUSTICIA LA FRASE: "DONDE HAY UNA NECESIDAD NACE UN DERECHO".- 

Publicado por Invitado
viernes, 10 de febrero de 2012 | 3:02 AM

Profesor Carlos Enrique Camps, mi reconocimiento absoluto a su labor docente y a su generosidad con sus alumnos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata. Como ex alumno del curso semestral del año 2009 y siendo hoy abogado, no puedo dejar de agradecerle su dedicación. Y respecto al adagio que reza "donde hay una necesidad nace un derecho", absolutamente cierto, es del caso mencionar que la pretendida necesidad de anónimo no es tal, sino más bien acceder a material que eventualmente profitará violando derechos de autor. Una manera de socializar gastos pero no ganancias. Conocer la legislación y estar al tanto de la jurisprudencia debería ser el límite inferior para un abogado que pretende ejercer... De ahí a más, todo será bienvenido. Pero no "necesita" el código de Camps, más bien le sirve, que no es lo mismo.

LGZ, abogado y músico.-

Publicado por Invitado
domingo, 01 de abril de 2012 | 3:58 AM

Gracias LGZ, sos muy generoso con tu recuerdo y tus palabras.

Carlos E. Camps.