Argentina, Abril 1 de 2009.
Gracias por permitir el acceso a una obra tan importante como el Codigo Civil Comentado (Argentino); lamentablemente coincido con otro lector, en lo atinente a la imposibilidad de encontrar y leer los tomos relativos a los articulos 1648 a 2310 estimo que corresponden a los tomos o divisiones 11 y 12, desde ya confío en que si está a su alcance solucionará el inconveniente. Otra vez GRACIAS POR LA IMPROBA LABOR QUE UD DESARROLLA EN BENEFICIO DE LA CULTURA JURIDICA.